Camiones y abuso de libertad

“La competencia no es solo la base de la protección del consumidor, sino que es además el incentivo para el progreso”. Esta frase atribuida a Herbert Clark Hoover, trigésimo primer presidente de los Estados Unidos de América, explica por qué la economía de mercado requiere de un árbitro que disponga y administre las reglas del juego. Sin un garante de la libre competencia, la libertad de mercado deviene en tiranía para el consumidor.

En coherencia con este principio, el art. 101.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (antiguo art. 81 del Tratado de Roma) dispone que son incompatibles con el mercado común los acuerdos y prácticas concertadas que pueden afectar al comercio entre Estados miembros y que tengan por objeto o efecto impedir o restringir la competencia (substantial leasening of competition) y, en particular, las que consistan en: “a) fijar directa o indirectamente los precios de compra o de venta”.

Durante el año 1997 las filiales alemanas de cinco grandes empresas europeas fabricantes de camiones (Daft, Iveco Man, Daimier/Mercedes y Volvo/Renault; Scannia no ha reconocido los hechos) pactaron los precios de los sistemas anticontaminantes y de las cabezas tractoras y camiones de seis o más toneladas que fuesen a vender en el mercado único (qué innoven y compitan otros). Su codicia venció el respeto a las reglas y, en su avidez por incrementar los beneficios, se olvidaron de los derechos de los consumidores, quienes pagaron un sobrecoste -se estima que entre un 7 y un 12 por ciento- en el valor de venta de cada uno de los vehículos que adquirieron desde entonces hasta el año 2011. Solo en España se matricularon, en ese período, cerca de 360.000 camiones de esas características.

Sobre la certeza de estos hechos no existe duda. El 19 de julio de 2016, la Comisión Europea emitió una nota de prensa en la que se daba cumplida cuenta de todo ello y, el pasado 6 de abril, se publicó la Decisión provisional imponiendo a las empresas infractoras una sanción de 2.930 millones de euros.

La Comisión europea sancionó a quienes quebrantaron la ley. Pero ahora toca exigir que se repare el daño causado: a cada autónomo, a cada empresario y también a todos los ciudadanos europeos que confían de buena fe en la libertad de mercado y que han visto truncada esa confianza. Es el momento de que los compradores de camiones europeos se pongan en marcha y hagan saber a quienes han abusado de la libertad que (el Tratado de) Roma no paga a quien engaña.

En el caso español el tiempo se acaba. La falta de transposición de la Directiva Europea sobre derecho de la competencia (Directiva 2014/104/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de noviembre de 2014) supone que el plazo para interrumpir la prescripción sea de tan solo un año y, ante posibles dudas interpretativas, lo aconsejable y prudente es hacerlo antes del próximo día 19 de julio (recuérdese que el reciente Decreto-ley 9/2017, de 27 de mayo, no es de aplicación retroactiva en este punto).

Se trata de un trámite muy sencillo y previo a la presentación judicial de la demanda, sin el que la reclamación no puede prosperar. Contrariamente, la contienda judicial será difícil y compleja, tanto en lo concerniente a la prueba (valoración del daño en relación con el país, marca, modelo y año de compra de cada camión) y la individualización de los intereses de cada perjudicado (adquisición por compra, por leasing…; condiciones comerciales… ), como a sus aspectos procesales, lo que ha motivado que organizaciones sectoriales como la Confederación Española de Transportes de Mercancías haya llevado a cabo un exigente proceso de selección entre diversos despachos de abogados españoles y europeos para recomendar a sus afiliados la alternativa profesional y económica que estimaron más solvente.

Pero lo verdaderamente importante, sea cual sea la organización sectorial a la que se pertenezca o el equipo de profesionales al que se encomiende la defensa, es informarse sobre este asunto, tomar consciencia de su trascendencia y exigir que se repare el daño causado. Al comprador de esos camiones se le hará justicia. Y detrás de él, a todos aquellos ciudadanos de Europa que pensamos que el respeto a las reglas y a la libre competencia favorece la formación de economías más equitativas y sociedades más justas y avanzadas. Hagamos que nadie lo vuelva a olvidar.

Francisco Caamaño

Catedrático de Derecho Constitucional
Socio Profesional de CCS Abogados
Exministro de Justicia