Ricardo Pedrosa Arca y Carlos Seoane exponen la sentencia de absolución del delito de apropiación indebida por no compartir el premio de 10 millones de euros de la lotería primitiva

En la mañana de hoy ha tenido lugar la rueda de prensa de Ricardo Pedrosa Arca, quien acompañado de su abogado Carlos Seoane, socio de Concheiro & Seoane, ha valorado la sentencia de la Audiencia Provincial conocida en el día de ayer. En ella ha sido absuelto del delito de apropiación del que se le acusaba por no compartir su premio de la Lotería Primitiva que ascendía a más de 10 millones de euros.

En sus declaraciones, Ricardo Pedrosa Arca ha señalado que “hemos tomado la decisión de llevar a cabo esta rueda de prensa para responder a la repercusión mediática que ha tenido este caso, situación muy desagradable para mí y para mi familia. Durante el transcurso del juicio y los meses anteriores en los que se publicaron algunas noticias referentes al premio siempre hemos mostrado silencio ya que todo lo que debíamos comunicar lo tenía que hacer ante el juez”. Asimismo se ha mostrado “tranquilo, misma tranquilidad que he tenido durante estos años ya que siempre he sabido que nunca he hecho nada ilegal”.

Aspectos más destacados de la sentencia
Según Carlos Seoane, abogado de Ricardo Pedrosa Arca y socio del bufete Concheiro & Seoane, “lo positivo de la sentencia no es sólo la absolución que indica de Ricardo Pedrosa Arca de los delitos que se le imputaban; también lo es la rotundidad con la que la señala, sin dejar lugar a dudas de su inocencia”.

De la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de A Coruña se destacan algunos de los aspectos que a juicio de Carlos Seoane son más significativos:

– “En definitiva, la prueba circula en sentido contrario a la dirección incriminatoria y opera en el vacío a la hora de intentar neutralizar la reaccional garantía de inocencia de Ricardo Pedrosa Arca, cuya absolución era prácticamente imperativa con la mera lectura de la documental remitida por el Servicio Estatal de Loterías

– En relación al argumento del supuesto perjudicado de que los números fueron elegidos al azar: “Matemáticamente hay una pauta clara de juego y las combinaciones de “La Primitiva” y “El Gordo de la Primitiva” no tienen que ver con la aleatoriedad en la elección. Este dato lo confirma sin duda el tan relevante certificado complementario de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado S.A. del 25 de mayo de 2012 al poner de manifiesto que boletos con solo las dos apuestas 03-13-15-35-43-44 y 03-05-15-35-44-45 fueron validados hasta trece veces entre el 19-9-2005 y el 19-11-2005…

– “A partir de aquí, tiene razón la defensa cuando denuncia que la versión del supuesto perjudicado se ha ido modificando flagrantemente al compás de lo que marcaban las sucesivas informaciones oficiales de Loterías y Apuestas del Estado

“Con lo expuesto hasta aquí queda desprovista de la mínima cobertura probatoria la tesis novelesca de la acusación particular, por mucho que el Sr. Freire cambie su testimonio tratando de arreglar las averías que genera a su denuncia”

…no tiene explicación racional la confusión sobre el pago en monedas, la contradicción flagrante de los pronósticos que según él dictó, la única vez que jugó con el imputado, la ignorancia de la combinación premiada si coincidía exactamente con la aportada por el querellante, la falta de coincidencia de los puntos que validaban los boletos (no era la del Cantón sino otra más próxima al bar), o la afirmación de que “el Gordo sólo lo jugaba para él”, entre un largo de despropósitos que privan al testimonio de cualquier clase de valor jurídico

En lo que concierne a la aportación del Sr. Paratcha, entramos en el terreno de lo increíble…