Participación de Miguel Caamaño en el VII Congreso Nacional de Empresarios de Transporte en Cisternas

La Asociación Española de Transporte en Cisternas (CETM Cisternas) está celebrando estos días su VII Congreso Nacional de Empresarios de Transporte en Cisternas en Madrid.

Durante la celebración del Congreso se están desarrollando unas jornadas técnicas en las que se analizan temas de gran interés para las empresas del transporte en cisternas, con dos especialidades: logística alimentaria y mercancías peligrosas. Para ello, una serie de ponentes expertos en cada tema tratan en detalle la situación del entorno económico y las perspectivas de futuro, las últimas novedades en el transporte de mercancías peligrosas y perecederas, las principales modificaciones del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT), la coordinación de actividades empresariales, etc.

En este sentido, nuestro socio Miguel Caamaño expuso las principales novedades del ROTT centrando su ponencia en dos aspectos fundamentales:

  • La honorabilidad como requisito imprescindible para la obtención de la preceptiva autorización administrativa para el transporte y los problemas que conlleva su pérdida. Miguel Caamaño manifestó su crítica a la regulación actual del ROTT frente a lo que establece el Reglamento comunitario, pues mientras este último parte de la presunción de inocencia, el ROTT parece partir de una “presunción de culpabilidad” e invierte la carga de la prueba en perjuicio de las empresas transportistas. Además, destacó que la regulación incompleta del procedimiento va a plantear problemas en aquellos casos en los que la resolución sancionadora dictada tras agotar la vía de recurso administrativo sea recurrida en vía jurisdiccional contencioso-administrativa, pues se va a producir “yuxtaposición de procedimientos de consecuencias frecuentemente irreparables para el transportista” señaló.
  • Respecto a la capacidad financiera como otro de los requisitos fundamentales para obtener la autorización administrativa para el transporte, destacó que “en el caso en que una empresa entre en concurso, el que a un funcionario de una Consejería de Transporte de una Comunidad Autónoma se le exija adivinar cuál será la suerte del concurso dentro de seis meses es cuanto menos una evidencia de inseguridad jurídica impropia de una norma de rango reglamentario”.