CCS Abogados reclamará en España los daños y perjuicios causados por el cártel italiano del cartón ondulado

En este artículo de Cinco Días se brindan todos los detalles sobre el acuerdo firmado con el fondo de litigios Antitrust Litigation Investment (A.L.I.), el Bufete italiano Scoccini & Associati y con la consultora económica Fideres para reclamar en España los daños y perjuicios causados por el cártel italiano del embalaje de cartón ondulado

Cientos de empresas víctimas del cártel del cartón ondulado en Italia reclamarán en España elevadas compensaciones por los daños provocados por el amaño. En julio de 2019, la autoridad de competencia italiana multó a 26 fabricantes de este tipo de embalaje con un total de 287 millones de euros por pactar los precios del material para cajas y repartirse los clientes en un compromiso de no agresión durante cerca de quince años. El bufete CCS Abogados representará los intereses de muchos de los agraviados, que se han decantado por la jurisdicción española por ser mucho más rápida y previsible que la del país transalpino.

La alianza Italia-España para gestionar este filón de reclamaciones en territorio español se forjó por iniciativa del fondo de inversión que financia este proyecto, ALI (Antitrust Litigation Investment), y de la firma legal Scoccini & Associati, bufete que se ha aliado con CCS. Giovanni Scoccini, responsable del área de derecho de la competencia del despacho italiano, señala que eligieron a CCS “por su experiencia práctica en litigios antimonopolio y por los resultados que ha obtenido hasta el momento a favor de las víctimas de cárteles en España”.

Las cifras del bufete español en el caso del cártel europeo de camiones marean: 5.845 clientes, 38.353 camiones y 746 millones de euros reclamados.

En CCS recogieron el guante. “Vista la resolución de la autoridad italiana de la competencia y tras un primer estudio económico del equipo pericial, no dudamos en asumir la responsabilidad”, afirma Miguel Caamaño, socio director de la firma. De hecho, el bufete lleva trabajando en las demandas desde septiembre y prevé interponer la primera reclamación “antes del verano de 2024”.

Aún está por decidir la matriz española (dueña de la filial italiana infractora) que será demandada. Como explica Caamaño, para poder pleitear en el foro español es necesario que alguna de las compañías multadas tenga matriz en España.

El camino más rápido

El principal motivo para llevarse estas reclamaciones a España es que la jurisdicción italiana es mucho más lenta. “En Italia, el ciclo procesal completo tropieza hasta con doce etapas”, expone Miguel Caamaño, diez más que aquí. Además, tras la última reforma del recurso de casación en España, agrega el abogado, “el itinerario se ciñe a dos instancias: juzgado de lo mercantil y audiencia provincial”.

Según unas estadísticas elaboradas por ALI, el proceso en Italia puede tardar de media unos 6 años frente a los dos años que se extienden en España.

España es, en opinión del abogado Giovanni Scoccini, “la jurisdicción más atractiva en Europa para acciones de compensación antimonopolio”. El abogado italiano llega a esta conclusión tras comparar las sentencias dictadas en distintos países por el cártel de camiones. Con más de 6.000 sentencias de primera instancia, 3.000 de apelación y, ahora, también muchas en el Tribunal Supremo, “España será probablemente el país en el que el conflicto se resuelva primero sin necesidad de recurrir a acuerdos”, afirma.

Para Scoccini, otras de las ventajas de pleitear en España son la mayor previsibilidad del resultado y lo barato que resultan los juicios en relación a jurisdicciones más onerosas como la alemana. Como explica el experto italiano, la doctrina del Tribunal Supremo homogeniza criterios y los procesos requieren menos escritos y audiencias, con el ahorro que ello supone. Scoccini cree que el sistema español se adapta mejor que otros a una sentencia que “debería ser sencilla puesto que el ilícito está demostrado y solo resta cuantificar el daño”. En Países Bajos, apunta, aún no hay una sola sentencia sobre el cálculo de los perjuicios causados por el cártel de camiones.

La experiencia judicial en este caso de camiones ha hecho que el foro español gane puntos a los ojos de las víctimas de infracciones del derecho de competencia.

Sobrecoste

La prueba pericial es clave en estas acciones por daños causados por prácticas anticompetitivas. El informe tiene que demostrar que el amaño de precios perjudicó al demandante y debe cuantificarlo. La pericial, recalca Miguel Caamaño, “tiene que ser muy sólida, bien argumentada y expuesta, metodológicamente impecable, y apoyada en un caudal de datos contrastables, públicos, de libre acceso y sin sesgo”.

La firma encargada de realizar las periciales de las demandas españolas por el cártel del cartón corrugado es Fideres. Según Ludovica Paridisi, consultora en Fideres, “se ha estimado un sobrecoste de entre el 15% y el 30% por encima de los precios que habrían prevalecido en ausencia de la conducta» en un análisis preliminar.

Los datos de Eurostat muestran que en el período 2009-2017, es decir, desde que se dispone de datos hasta el final del cártel italiano, el precio del cartón creció más de lo que hubiera debido.

Para llegar a estas cifras Fideres se ha basado en la experiencia en daños antimonopolio. “La utilización de datos reales de los demandantes y del mercado histórico nos permitirá llegar a valoraciones más precisas”, puntualiza. Con esta previsión, augura Miguel Caamaño, “las demandas serán de cuantía elevada, incluso algunas muy elevada”.

  • La decisión de la AGCM. El 17 de julio de 2019, La Autoridad de la Competencia y Mercados (AGCM por sus siglas en italiano), concluyó una larga investigación en la que declaró la existencia de dos acuerdos de cártel destinados a distorsionar la competencia en el mercado de las láminas y embalajes de cartón ondulado. En los acuerdos participaron las principales empresas productoras así como la asociación comercial relacionada Gruppo Italiano Fabbricanti Cartone Ondulato (GIFCO). Teniendo en cuenta la gravedad y duración de la infracción, la AGCM impuso sanciones por un importe total de más de 287 millones de euros a 26 compañías. El cártel operó entre 2005 y 2017 en el que los fabricantes sancionados pactaron para subir los precios de las cajas y respetar el reparto de clientes.
  • Sentencia del Consejo de Estado. El 18 de noviembre de 2022 el Consejo de Estado italiano confirmó una sentencia del tribunal administrativo regional del Lazio ante el que habían recurrido las empresas sancionadas por el cártel. Esta decisión confirma la participación de todas las compañías multadas por la autoridad fiscalizadora de la competencia en Italia. Esta es la fecha en la que comienza a contar el plazo de cinco años para que los agraviados por este pacto anticompetitivo interpongan la correspondiente demanda. Es decir, hasta el 18 de noviembre de 2027 podrían interponerse estas reclamaciones individuales.

Fuente: Cinco Días.