Formulamos la pregunta del epígrafe, por surrealista que parezca, porque la AP Barcelona (sentencia 113/2018, de 11 de febrero de 2018, rec. 102/2016) acaba de condenar a una empresa (concretamente, a una SL) por dos delitos fiscales “en grado de tentativa”. La AP Barcelona admite la forma imperfecta de ejecución, o sea, la mera tentativa de delinquir, sobre la base de que supuestamente ha quedado probada la intención del órgano de administración de adoptar decisiones constitutivas de sendos delitos de defraudación tributaria.
Pues bien, sin perjuicio de lo que al respecto el TS sentencie con ocasión de la casación que a buen seguro se presentará contra la citada sentencia de la AP Barcelona, sí tiene quien firma estas líneas algo que decir al respecto:
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